Gobierno avanza futuro Televisión y plataformas (Netflix, y HBO)







La vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría en la apertura de la Jornada Anual de la Unión de Televisiones Comerciales en Abierto (UTECA) anuncia que en unos días se abrirá una consulta pública entre agentes del sector sobre este nueva migración digital.


La Unión de Televisiones Comerciales en Abierto (UTECA) celebró este martes su jornada anual bajo el lema 2020 y más allá. Como ya viene siendo tradición fue la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría la encargada de abrir esta jornada celebrada en el Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid coincidiendo con el Día Mundial de la Televisión.
Sáenz de Santamaría anunció que antes de que acabe este mismo mes de noviembre el Gobierno abrirá una ronda de consultas con los agentes del sector para la implementación del segundo dividendo digital. Esta consulta servirá para elaborar el plan de acción que deberá está listo en junio de 2018 de cara a aseguran el apagón previsto inicialmente para 2020. Este segundo dividendo digital supondrá una nueva reorganización de canales que pasa por la liberación de la banda de 700MHz del espectro radioeléctrico en favor de los servicios móviles 5G. Un proceso similar al que se vivió cuando se liberó la banda de 800 MHz para dar paso a las redes 4G.
A su juicio esta nueva transición digital deberá “garantizar la oferta televisiva con el mínimo impacto en los ciudadanos y en el sector”. Precisamente el coste de esta transición es una de las cuestiones clave ya que la La Comisión Europea cifra en 890 millones el coste de la adaptación de las redes TDT aunque podrían recaudarse 11.000 millones procedentes de las subastas de frecuencias que se adjudiquen a los operadores de telecomunicaciones.


Nuevas plataformas
Además del segundo dividendo, otra de las cuestiones que salieron a colación a lo largo de la jornada es el impacto que sobre los broadcasters tradicionales están teniendo las nuevas plataformas digitales de distribución de contenidos como Netflix, HBO o Sky.
El presidente de UTECA, Alejandro Echevarría, exigió modificaciones legislativas que se ajusten a la nueva realidad audiovisual, ya que a su juicio los broadcasters tradicionales lineal “cuentan con una regulación, con un marco regulatorio exhaustivo y puntilloso, con fuertes obligaciones frente a las plataformas online que viven en una jungla legal con limitados o nulos controles y obligaciones y con escasa contribución a la economía nacional”.
“Es esencial que se dispense un tratamiento en pie de igualdad a los distintos distribuidores de contenidos”, añadió. Desde la patronal de las televisiones comerciales consideran que regular y supervisar a todos nos equiparará en derechos y obligaciones, pero, ante todo, “supone una mejor protección del espectador y el reconocimiento de la industria audiovisual europea como motor de cultura y empleo”, argumentó Echevarría.
Por último, recordó que la legislación actual en material audiovisual se remota a hace casi una década siendo necesario ahora “ajustarlo a la nueva realidad digital”.

Próximo FIEDI a la vista, como pre-conference AIERI en Oregon, 29 de junio 2018




Tomo nota del mensaje del Prof. Fernando Gutiérrez del grupo de Facebook.
El con el Prof. Cetina, desde Boston, coordinarán esta edición del FIEDI.  Ya es la 5ª edición celebrada fuera de España y Europa. Tuvimos ocasión de vernos en Chile, Guadalajara (México), Montreal y en Colombia.
Será el martes 19 de junio de 2018, siguiendo el modelo de 2015 hasta ahora: una pre conferencia del IAMCR, cuya sede del próximo año es la Universidad de Oregon (Eugene, USA). En las próximas semanas estaremos anunciando tema, lugar, fechas y otros datos importantes. Reserven el día!

Sesiones del último FIEDI en Colombia, 2017

Retuitear contenidos puede ser delito (Sentencia del Tribunal Supremo 3804/2017)

Tenía pendiente leer la Sentencia del Tribunal Supremo (STS 3804/2017 de 27 de octubre de 2017) sobre la responsabilidad penal derivada de "retuitear" contenidos y por fin lo he hecho. Las conductas de apología o enaltecimiento de los actos de terrorismo y de sus autores, no se hallan amparadas por el derecho a la libertad de expresión (art. 20 C.E.), afirma.


La Sentencia es breve y sencilla. Aqui expongo una síntesis.

Es un caso que ya fue juzgado y condenado por la Audiencia Nacional por lo que su responsable, José Francisco XXXX, fue condenado a tres años de prisión por utilizar Twitter (en una cuenta ahora desaparecida). Aunque con pocos seguidores (121), se consideraron suficientes para que, una vez publicado, pueda alcanzar mayor notoriedad.

De hecho, sean muchos o pocos los "followers" de un tuitero, lo que se publica en una red social o en un microblog como Twitter está accesible al mundo entero. Publicar, subir, tuitear son acciones de difusión, te lea no mucha o poca gente.

Sentencia la Sala que "los hechos son categóricos e inequívocamente susceptibles de subsumirlos en el art. 578 del C. Penal" y que, aunque el acusado invoca el derecho a la libre expresión, este derecho encuentra su "límite" en la libertad de expresión, castigando a través de una ley orgánica la apología del terrorismo, está protegiendo los riesgos de propagación de esta ideología patógena, ensalzando a los terroristas y a sus acciones criminales.

Les dejo alguno de sus párrafos más relevantes. La sentencia ampliamente desarrollada ha podido puntualizar el carácter limitable del derecho a la libertad de expresión, que refleja ampliamente la S.T.C. 177/2015 de 22 de julio . Como patentiza la sentencia se reseñan en el factum un total de doce imágenes capturadas en el vídeo publicado por el acusado, en la mayoría de las cuales aparecen el nombre de la Organización terrorista ETA, sus siglas y el logotipo de la serpiente y el hacha junto con el lema "adelante en las dos". En una de dichas imágenes se colocan en paralelo, en las dos mitades de la composición, las siglas y logotipos de ETA y del IRA. En múltiples de ellas aparecen miembros de ETA encapuchados portando diverso armamento, lanzagranadas, armas largas, detonadores, reflejando alguna de ellas acciones armadas, en una de las cuales se aprecia un vehículo militar volando por los aires mientras uno de los terroristas acciona el detonador. Dicho símbolo del hacha y la serpiente representa una combinación del uso de la fuerza y la inteligencia. Se reitera en varias composiciones la frase "adelante con las dos", junto con reproducciones de acciones violentas y representaciones de etarras encapuchados y armados. Por otro lado, además del vídeo, el acusado colgó directamente o retwitteó en varias ocasiones diversas imágenes de actos de homenaje al terrorista fallecido Pelayo , en las que figura su fotografía junto al lema "AGUR ETA OHORE" "Adiós con honor" y seguidamente la frase "Zure duintasuna gure eredu", "Tu dignidad nuestro modelo", frases con las que ETA homenajea y enaltece la figura de sus militantes fallecidos. Por último en el caso examinado se ha de resaltar que la mención "Adiós y Honor" que aisladamente considerada podría ser insuficiente para constituir el ilícito penal enjuiciado va acompañada de la reproducción del homenaje póstumo a un miembro de ETA mediante la danza tradicional mencionada, poniéndolo como con modelo a emular ("Tu dignidad nuestro modelo"), reproduciendo incluso la mención de que el mejor homenaje es seguir luchando. Por todo lo expuesto el motivo debe decaer. La conducta es plenamente ajustada al tipo previsto en el art. 578 C.P .

Periodismo declarativo, virus y amenaza

Comparto via un tuit de la Asociación de la Prensa de Madrid este artículo de Cuadernos de Periodistas. Un nuevo virus agrava aún más el periodismo declarativo El periodismo declarativo es uno de los grandes males de nuestro oficio, especialmente cuando invade la información política hasta monopolizarla y convertirla casi en su único registro. Los políticos, y no solo en vísperas electorales, emplean buena parte de su tiempo cotidiano en colocarnos frases, canutazos, declaraciones, entrecomillados, ruedas de prensa y discursos varios a los diferentes medios de comunicación. En ocasiones, además, sin darnos la oportunidad de repreguntar, de pedir aclaraciones o matices o pruebas de algo que el político de turno nos acaba de colocar. Algunas de esas frases de nuestros políticos son realmente suyas, hijas de su propio ingenio o raciocinio, espontáneas, naturales, y hasta tienen un cierto interés informativo, pero la mayor parte de ellas las traen aprendidas, entrenadas y memorizadas desde casa, digo desde el partido.

Revisiting the AVMSD after Netflix or Amazon Prime Video. Next Conference. Brussels, June 2015


Prof. Loreto Corredoira has been invited  for presentation at our conference on Audiovisual Media Services within the Digital Single Market, organised in collaboration with the Centre for European Policy Studies. 
This conference will take place on 15 June 2016 in Brussels on the CEPS premises.
Abstract. Revisiting the AVMSD after Netflix or Amazon Prime Video



The Digital Single Market for online video content is alive and well: the number of users is growing and the number of online platforms is exploding[1]. I will examine how Directive 2010/13/EU on Audiovisual Media Services (AVMSD)is likely to support key changes in the audiovisual legal framework but also fall short in key areas, particularly those related to cross-border content delivery.
The AVMSD differentiates between “linear” and “non-linear” services, but this distinction does not provide a stable legal framework for dealing with the European presence of non-EU video-movie online platforms or with EU-based video-on-demand websites.
I will examine how the definition of “non-linear audiovisual service” affects the definition of “responsible editor” for online platforms, as well as the consequences of applying content rules only to “linear” services, including effects on movie nationality and restrictions on online advertising.
I will examine the possibilities for convergence between future reform of the AVMSD and the recent proposal of an EU Regulation on cross-border content portability[2]. Allowing users to travel with their subscriptions within the EU has tremendous implications for TV and movie copyright licensing.

Crece Netflix y Amazon Video en Europa: análisis de la reforma de Directiva de Servicios Audiovisuales

Autora: Loreto Corredoira 
Participamos la semana próxima en el seminario que la London School of Economics, concretamente por el Media Policy Projectorganiza en Bruselas, seminario de investigación y lobby  ante la inminente reforma de la Directiva de Televisión. El seminario -de inscripción gratuita- se hace en colaboración con el Centre for European Policy Studies. Aqui dejo una imagen de Variety que vale más que mil palabras sobre cómo
Mi trabajo -que se publicará en el Blog de la LSE en esos días- es un análisis de la Directiva (AVMSD), conocida en los 90 como la Directiva de Televisión sin Fronteras, que está en vigor desde 2010 y cuya reforma se discutirá en estos meses en Europa. Después de la llegada de Netflix y Amazon Prime Video (o de Nubeox, Filmin o Yomvi en España) el concepto y regulación de los llamados servicios "no lineales" requiere una puesta al dia. Netflix prevé llegar a  más de 20 millones de usuarios en esta década; y otro grande, Amazon, es ya primer proveedor online de contenidos a la carta en Alemania.
Abajo les dejo el abstract. 
Revisiting the AVMSD after Netflix or Amazon Prime Video
Conference on Audiovisual Media Services within the Digital Single Market, Brussels, June, 15th 

Revisiting the AVMSD after Netflix or Amazon Prime Video
The Digital Single Market for online video content is alive and well: the number of users is growing and the number of online platforms is exploding[1]. I will examine how Directive 2010/13/EU on Audiovisual Media Services (AVMSD)is likely to support key changes in the audiovisual legal framework but also fall short in key areas, particularly those related to cross-border content delivery. The AVMSD differentiates between “linear” and “non-linear” services, but this distinction does not provide a stable legal framework for dealing with the European presence of non-EU video-movie online platforms or with EU-based video-on-demand websites. I will examine how the definition of “non-linear audiovisual service” affects the definition of “responsible editor” for online platforms, as well as the consequences of applying content rules only to “linear” services, including effects on movie nationality and restrictions on online advertising. I will examine the possibilities for convergence between future reform of the AVMSD and the recent proposal of an EU Regulation on cross-border content portability[2]. Allowing users to travel with their subscriptions within the EU has tremendous implications for TV and movie copyright licensing.
 

1 In 2014 there were more than 3000 video-on-demand services in Europe, including catch-up TV services from broadcasters (1196 services) and services providing access to program catalogs (2101 services). Source: http://eur-lex.europa.eu/legal-content/EN/TXT/?uri=CELEX%3A52015SC0270
2 Proposal for a REGULATION OF THE EUROPEAN PARLIAMENT AND OF THE COUNCIL on ensuring the cross-border portability of online content services in the internal market (Text with EEA relevance), Brussels, 9.12.2015 COM(2015) 627 final

Cine, Fotografía y derechos de autor a debate en UCM: Patrimonio Audiovisual

Comparto información de un seminario interesante en el que estoy involucrada por mi especialidad en Derechos de autor y derechos de Cine y Televisión para los que pueda ser de su interés al arrancar el Doctorado en CAVP.  Se celebran esta semana son de acceso gratuito; tienen lugar en la Sala de Conferencias del Edificio nuevo.  Está vinculado al Master de Patrimonio Audiovisual de la UCM.  
Inscripción en tamara.antona (at) pdi.ucm.es 

Se tratará el tema de los archivos de TV, con gente de primer nivel de TVE, también del Ciclo Dias de Cine, así como sobre la Difusión de la Fotografía a través de exposiciones. 
 
El viernes modero a las 10'30 una mesa con un directivo de EGEDA, la entidad de gestión de las productoras de cine.  


Publicado en UCM Prints. Estudio sobre Direcvtiva licencias multiterritoriales de música. EU Directive 2014/26 as a catalyst for film and digital content innovation in Europe.L

Autora: Loreto Corredoira 
Aqui dejo el enlace al trabajo coordinado por la Prof. Katia FACH, de Unizar, publicado en el International Journal of Intellectual Property Management, estudio técnico-jurídico sobre la futura aplicación de la Directiva sobre Licencias europeas de música.
Vamos la necesaria europeización de la forma de gestión de licencias de obra para las entidades de gestión, SGAE, AIE, etc.. que les exige dar licencias de TODA obra musical de Europa. Eso para beneficio de negocios como Spotify u otros portales de alquiler o venta de música online.
Es razonable, ¿no? que no tengan que ir a los 27 países de la Unión pidiendo en sus respectivas "Sgaes" las licencias.
 
 
Corredoira y Alfonso, Loreto (2015) The new EU Directive 2014/26 as a catalyst for film and digital content innovation in Europe. International journal of intellectual property management, 8 (1-2). pp. 21-40. ISSN 1478-9655
eprints.ucm.es

En defensa de la libertad religiosa: basta ya de silencios cómplices



Autora: Loreto Corredoira 
La libertad religiosa es parte de nuestro sistema de derechos y garantías. No son libertades de grupo o casta. Es esencial a la persona y es parte de su libertad ideológica.  Las amenazas a la libertad muy extendidas en nuestra sociedad se ven agravadas en lugares como Kenia o Siria donde hemos visto matanzas indiscriminadas pero también discriminadas por razón de la fe.
El diario Elmundo.es destacaba que "el Papa Francisco se ha mostrado crítico con la pasividad internacional ante el asesinato de cristianos en países como Kenia, Siria e Irak. "Nuestros hermanos son decapitados y crucificados ante nuestros ojos y nuestro silencio cómplice", afirmó anoche, al final del Vía Crucis que se celebró en el Coliseo en Roma y al que acudieron miles de creyentes.
!Cómo no! No es la primera ni la última vez que alza su voz por la libertad y la paz de muchos.

Bergoglio hizo referencia sobre todo al atentado en una universidad en Kenia el pasado jueves a manos del grupo islamista radical Al Shabab. En el ataque al menos murieron 148 personas, y otras 79 resultaron heridas. Los terroristas fueron preguntando a los estudiantes si eran cristianos o musulmanes, y abrieron fuego y decapitaron a aquellos que contestaron que profesaban el cristianismo.

Se han ensañado con los cristianos

El diario El Pais -se agradece la claridad- destaca que "Los miembros de la milicia yihadista somalí Al Shabab que el jueves asaltaron la Universidad de Garissa (Kenia) empezaron disparando de manera indiscriminada pero después separaron a los alumnos musulmanes y se cebaron con los cristianos. Mataron al menos a 147 personas. Un testigo explicó ayer cómo tres estudiantes fueron asesinadas cuando los asaltantes descubrieron que eran cristianas: “El error fue que dijeron: ‘Jesús, sálvanos por favor’. Ahí es cuando empezaron a dispararles”, explicó a Reuters Reuben Mwavita, de 21 años.
Las imágenes son crueles, bueno más bien los hechos son crueles y testarudos: destaca Marta Rivera de la Cruz en un tuit ayer que "El mundo no evolucionará mientras este horror nos estremezca menos por pasar en África y no en Europa. pic.twitter.com/7zwmBMcUW3

    1. Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la ley.
    2. Nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias.
    3. Ninguna confesión tendrá carácter estatal (..)

Que al menos sirva este pequeño rincón del Blog donde defendemos las libertades públicas y los derechos personales para decir que basta ya. Como hicimos con Je suis charlie, también y ahora por los cristianos asesinados en los silenciosos rincones y misiones del mundo. ¡Basta ya!

Hay negocio en el streaming legal si cambian las leyes de Propiedad Intelectual

El caso House of Cards. Presentado informe en el IME-IESE


Presentado el informe del Paid-content industries en el IME-IESE de Madrid 
En EE.UU., 80 millones de personas pagan por ver cine y tv online.

House of Cards
 El actor Kevin Spacey protagoniza la popular serie estadounidense "House of Cards", estrenada en exclusiva en la plataforma de "streaming" Netflix / Foto: Sony Pictures

El congresista demócrata Francis Underwood, al que da vida el actor Kevin Spacey, y su esposa Claire son capaces de todo para lograr sus propósitos. La avaricia, la corrupción y los instintos criminales son el ADN de House of Cards, una serie estadounidense estrenada en exclusiva el pasado febrero de 2013 en la plataforma de streaming Netflix. La emisión fue todo un éxito de crítica y de público. Netflix cerrará este año con 50 millones de suscriptores, que podrán seguir la tercera temporada de House of Cards en 2015.
Este ejemplo demuestra un cambio de actitud en la industria del entretenimiento, que ha comenzado a adaptar sus contenidos a una nueva forma de consumo, el visionado online. Sobre estos temas trató una sesión organizada por el Institute for Media and Entertainment del IESE, en la que se extrajeron conclusiones interesantes para el sector.
“El tiempo medio de consumo de medios digitales en EE. UU. superará en los dos próximos años el tiempo medio de visionado de televisión”, afirmó la profesora Loreto Corredoira. Esta experta es coautora de un estudio de la University of California Los Angeles (UCLA) sobre entretenimiento digital, que demuestra que hay un segmento claro de población dispuesto a pagar por contenidos que le aporten valor, como sucede con Netflix.

“El 25% del público de EE. UU. es streamer (está suscrito a algún servicio online de contenido audiovisual), y el 59% espera ver más televisión y cine en smart TVs en el futuro”, apuntó la ponente, que cursó un Programa de Desarrollo Directivo (PDD) en el IESE.
Varios datos demuestran el auge del consumo digital de contenidos. En 2016, EE. UU. tendrá el doble de hogares con televisiones conectadas a Internet que en 2012. Estas televisiones inteligentes se han convertido en una alternativa al cable, que va perdiendo espectadores y cuota de mercado.

La calidad es la clave
 Los usuarios multipantalla (móviles, tabletas, portátiles y televisión) online se van a convertir en los espectadores del futuro, y el sector audiovisual va a tener que adaptarse a ellos para satisfacer su demanda, y atraerles como nuevos suscriptores. “Deberán ofrecerle unos contenidos de calidad, en dispositivos fáciles de usar, a un precio asequible y con flexibilidad”, argumentó Corredoira.
Así, el 47% de los espectadores estadounidenses entre los 18 y los 34 años ya ve vídeo online o en streaming una vez al día. El aumento de estas cifras es imparable. En la actualidad ya hay 80 millones de streamers en EE. UU., tanto en sistemas transaccionales como iTunes o Amazon, o en suscripciones como Netflix, Amazon Prime Video o Hulu. Además, buena parte de quienes pagan por ver cine y series en streaming es un público adulto, que compra prensa y revistas.
 ¿Y qué sucede en España? La situación es muy distinta a la de EE. UU., tal y como expuso el directivo de EGEDA Rafael Sánchez. Y lo demostró con un dato demoledor: el 97,8% de los consumidores de contenidos audiovisuales online no paga por ellos, y solo el 2,2% está dispuesto a hacerlo.
Pese a que en el último año los españoles han visto más de 3.500 millones de archivos audiovisuales en internet y han consumido 1.769 millones de horas siguiendo estas series y películas online, los ingresos que generan son escasos. La piratería es una de las causas que explican esta situación. “La cantidad de contenidos ilegales hace que los grandes actores tiendan a rebajar los productos para intentar luchar contra ese mercado ilegal”, lamentó.

Ley regional de Castilla la Mancha prohíbe los teléfonos móviles en el aula

Compartimos, por su interés para la comunidad educativa, esta noticia de la RedDerechoTics.  

Articulo de Loreto Corredoira reflexiona sobre el #MeToo, Sexual Harassement, la reputación y el derecho a la imagen de las celebrities

The Right of One's Own Image in the Recent Cases of Sexual Harassment in Film Industry: Applying the European Theory of Concentric Circ...