Ruido normativo en la UE sobre los blogs

No pensaba entrar en la discusión sobre lo que, de momento, es sólo un Proyecto de Informe de la Comisión de Cultura y Educación del Parlamento Europeo sobre Concentración y Pluralismo. Pero un nuevo post de ecuaderno me provoca a dejar dos cosas que tengo entre manos para el lunes y, escribir estas líneas.

No porque el tema no me atraiga, pues recuerda un trabajo emprendido con Sánchez-Tabernero en 1994, encargado también por la Comisión a varios expertos, sino porque creo de verdad que de momento es un banderín ideológico que tranquiliza algunas conciencias de los que piensan más o menos así: las empresas de Medios y Contenidos son enemigos, Internet es un peligro, y por tanto puede ser remedado por disposiciones legales (¡craso error!), que los trabajadores del mundo (¿unidos?) necesitamos un patrón sindical que nos proteja, y eso en aras de la libertad de comercio, de trabajo o de información.

Europa ya tomó partido en 1999 en la Acción sobre el Buen Uso de Internet acerca del papel que la UE puede tomar en las propuestas de Control, Autocontrol o Co-regulación, optando por esta última y abogando por colaborar con medios, autores, telecos, etc.

La UE también ha dicho recientemente algo sobre protección de contenidos, nuevos canales y medios: en la Directiva de 2001 sobre derechos de autor, y en diciembre de 2007, sobre Servicios Audiovisuales, y hay ahí criterios jurídicos y principios políticos suficientes para "pacificar" la situación.

En ningún caso una norma así superaría el "techo" del Derecho Comunitario común, los Tratados y el Derecho de Competencia y el sistema de control de las grandes, grandes operaciones de concentración comunitaria.

Es decir, creo que este texto quedará en el Servicio de Publicaciones como un debate acalorado, pero sólo como documento para estudiosos. Otra cosa sería que Google fuese europeo.

Llegó el "canon digital"

Me llega por Derechotics la noticia: en el BOE de hoy (19 junio 2006) aparece la ORDEN PRE/1743/2008, de 18 de junio, por la que se establece la relación de equipos, aparatos y soportes materiales sujetos al pago de la compensación equitativa por copia privada, las cantidades aplicables a cada uno de ellos y la distribución entre las diferentes modalidades de reproducción. Ministerio de la Presidencia (BOE n. 148 de 19/6/2008) .

Un escáner tiene un canon de 9 €, nada menos. Los dispositivos (tipo iPOD, MP3, etc, )reproductores de video, música, etc: 3,5 €. Teléfonos móviles reproductor de música: 1,2 €

Llega la Orden ministerial como un regalo en la Semana de los Derechos de Autor, cuando llenan los periódicos los anuncios de la campaña publicitaria de "Derechos de Todos en Internet", un manifiesto de una parte de la industria, algo ladina y no muy objetiva. ¿De verdad que el cine pierde tanto sólo por la piratería?

Los discos duros que estén integrados en equipos descodificadores de señales de
televisión digital quedarán excluidos del pago de la compensación por copia privada
durante el
primer año.. Es decir que los descodificadores con disco duro de la TDT será "gravada" en 12,00 euros por unidad en 2009.

Su texto completo es accesible en el repositorio de Documentostics.com, extraordinario repositorio de Lorenzo Cotino.

Grabar carreras puede ser delito

Jorge Serrano, de Autopista.es, me preguntaba hace unos días sobre la Grabación y publicación on line de carreras ilegales de coches.

http://motor.terra.es/ultimas-noticias-actualidad/articulo/grabar-carreras-delito-42284.htm

El titular tiene truco, pues no es delictiva en sí la grabación o el fotografiado desde un coche, pero lo que no tiene secretos es entender que sí se puede ser temerario y cooperar con un conductor ebrio o enloquecido al saltarse todas las barreras. La calle, como Internet, no es un circuito de carreras.

Tuve ocasión de repasar el Código Penal -en concreto el Capítulo IV. Delitos contra la Seguridad Vial-, tal y como ha quedado con la última reforma LO 15/2007, e invito a todos a hacerlo.

Grabar carreras de coche puede ser delito

Al respecto, Autopista.es ha querido preguntarnos a una experta en contenidos online.
Autor: Loreto Corredoira 
Loreto Corredoira se ha venido especializando en los últimos años en la tipología y características de los contenidos que se exhiben en Internet. ‘En sentido estricto, ni la grabación ni la toma de fotografías es considerado delito. Si así fuera, sería quizá un límite al derecho a la información del art. 20 de la Constitución Española’, explica Corredoira.
‘El vídeo en sí no es delito, sino la acción de colaboración en la conducción temeraria y de fomento o inducción de esos delitos por lo que la información es o puede ser delictiva’.
‘Si se ha grabado y colgado en Internet con fines informativos o como denuncia, no sería constitutivo de delito.’ Casualmente, cuando vemos imágenes de conducción temeraria, la mayor parte de las veces la persona que las ha grabado y exhibido las ha manipulado previamente, borrando con cualquier programa de edición de vídeos la matrícula del vehículo o vehículos implicados. Parafraseando el dicho popular: el que algo oculta, es porque teme algo.
Si las imágenes se han grabado y colgado con el objetivo de denunciar carreras ilegales o actos de conducción temeraria, en este caso no es constitutivo de delito.

Arranca el blog Aprender 2.0

Es el Blog de la Enseñanza a través de Internet que edita Rodrigo Cetina, doctorando de la Complutense, dentro de la línea de investigación de Derecho de los Contenidos On line, que tengo la suerte de dirigir.

"En este blog podrán encontrar todo lo relacionado con el E-Learning y los Recursos Educativos a través de Internet".

Está albergado en el Proyecto E-Televisión y mirará específicamente a los recursos educativos universitarios, a aplicaciones de convergencia, y a aspectos jurídicos del derecho a compartir.

Aquí tienen su primera bitácora de actualidad.


Los editores de periódicos hablan en Suecia de su 2.0

Se reúne en estos días en Göteborg, Suecia, el Wolrd Editors Forum conference, un foro de la World Association of Newspapers.
Es interesante seguir los resultados de su encuesta anual, sus informes de tendencias, así como su punto de vista sobre el nacimiento del Periodismo 2.0. Fue Nikesh Arora, vice-presidente de Google, quien ha alimentado la discusión: Will Web 2.0 give birth to Journalism 2.0?"
Estudiantes de periodismo de la University of Gothenburg están publicando post y video-blogs sobre el congreso mundial en The Editors Weblog.

Articulo de Loreto Corredoira reflexiona sobre el #MeToo, Sexual Harassement, la reputación y el derecho a la imagen de las celebrities

The Right of One's Own Image in the Recent Cases of Sexual Harassment in Film Industry: Applying the European Theory of Concentric Circ...