Ruido normativo en la UE sobre los blogs

No pensaba entrar en la discusión sobre lo que, de momento, es sólo un Proyecto de Informe de la Comisión de Cultura y Educación del Parlamento Europeo sobre Concentración y Pluralismo. Pero un nuevo post de ecuaderno me provoca a dejar dos cosas que tengo entre manos para el lunes y, escribir estas líneas.

No porque el tema no me atraiga, pues recuerda un trabajo emprendido con Sánchez-Tabernero en 1994, encargado también por la Comisión a varios expertos, sino porque creo de verdad que de momento es un banderín ideológico que tranquiliza algunas conciencias de los que piensan más o menos así: las empresas de Medios y Contenidos son enemigos, Internet es un peligro, y por tanto puede ser remedado por disposiciones legales (¡craso error!), que los trabajadores del mundo (¿unidos?) necesitamos un patrón sindical que nos proteja, y eso en aras de la libertad de comercio, de trabajo o de información.

Europa ya tomó partido en 1999 en la Acción sobre el Buen Uso de Internet acerca del papel que la UE puede tomar en las propuestas de Control, Autocontrol o Co-regulación, optando por esta última y abogando por colaborar con medios, autores, telecos, etc.

La UE también ha dicho recientemente algo sobre protección de contenidos, nuevos canales y medios: en la Directiva de 2001 sobre derechos de autor, y en diciembre de 2007, sobre Servicios Audiovisuales, y hay ahí criterios jurídicos y principios políticos suficientes para "pacificar" la situación.

En ningún caso una norma así superaría el "techo" del Derecho Comunitario común, los Tratados y el Derecho de Competencia y el sistema de control de las grandes, grandes operaciones de concentración comunitaria.

Es decir, creo que este texto quedará en el Servicio de Publicaciones como un debate acalorado, pero sólo como documento para estudiosos. Otra cosa sería que Google fuese europeo.

1 comentario:

Anónimo dijo...
Este comentario ha sido eliminado por un administrador del blog.

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