México firma el ACTA: falta ratificación del Senado (parte 1)

Autora: Wilma Arellano 


A finales del año 2010, en este mismo espacio de Cyberlaw, comentaba algunas posiciones sobre la firma del Anti- Counterfeiting Trade Agreement o Acuerdo Comercial Anti Falsificación, mejor conocido como ACTA. En aquel entonces hacía hincapié en lo riesgoso que podría ser la firma de un tratado de esta naturaleza, en dos cuestiones esenciales: por un lado, la posible vulneración a ciertos derechos fundamentales (y en particular al de la intimidad, privacidad y protección de datos) y por el otro, la brecha digital que aún existe en México y cuyo abatimiento podría verse obstaculizado si el país suscribiera el acuerdo. Sobre el segundo particular se ha manifestado el sector académico, explicando que el acuerdo podría traer consigo más problemas de los que intenta resolver, inhibiendo el uso de Internet en un país en donde debería potenciarse el acceso.
En días pasados, al contrario de lo que acababa de suceder en la Unión Europea, lo que también se ha analizado aquí, se anunció que el Gobierno mexicano firmó en Japón el ACTA, pese a que había recibido comentarios en contra de ello por parte del Senado de la República (cuyo Grupo Plural de Trabajo para dar seguimiento a las negociaciones del ACTA expuso una serie de motivos por los que no debería suscribirse) y por parte de otras autoridades como las de la Comisión Federal de Competencia.
Sin embargo, aunque el anterior director del Instituto Mexicano de la Propiedad Intelectual (IMPI) parecía haber escuchado estas opiniones, el actual, José Rodrigo Roque parece ser uno de sus defensores.
De acuerdo a la Constitución mexicana, el Senado tiene la facultad de ratificar los acuerdos y tratados que el Ejecutivo federal firme, por lo que diversas instancias y grupos de académicos, profesionales y otros organismos, han solicitado a este cuerpo legislativo que no ratifique dicho Acuerdo. Incluso, Amnistía Internacional se ha pronunciado en este mismo sentido, considerando que “este instrumento no garantiza un adecuado equilibro entre la protección de los derechos de propiedad intelectual y el derecho a la libertad de expresión”. Esta afirmación muestra que la comunidad global que ha levantado la voz contra el ACTA no se opone a la protección de las obras y de los derechos derivados de su creación, sino al conflicto o colisión de derechos que puede tener lugar al vigilar a los usuarios para detectar piratería.
Como decíamos el director del IMPI se manifiesta a favor de la firma del ACTA y expone que no se pretende vigilar a los usuarios ni violar sus derechos de privacidad, sino de detectar aquellos grandes grupos organizados que comercian con obras protegidas: se trata de perseguir al Tepito cibernético, ha dicho en referencia al barrio mexicano con fama mundial por tener kilómetros de “top manta” con productos pirateados. El post citado menciona que el grave error de este tipo de acuerdos es equiparar lo que sucede en el mundo físico de la piratería en el país, con lo que acontece en el mundo virtual con respecto a esa problemática.
Otro de los puntos que llama la atención es que el Gobierno haya firmado el ACTA a pocos meses de dejar la presidencia y a menos aún de que el nuevo Congreso de la Unión y por tanto el Senado, cambien de integrantes. Hay algunos que opinan que la firma del documento se llevó a cabo como moneda de cambio para que México reciba la invitación a formar parte del Acuerdo de Asociación Traspacífico (TPP, por sus siglas en inglés).
Sea por unas razones o por otras que se haya procedido a dicha firma, se deberá conocer la posición de los senadores y ver si lo ratifican, además de conocer la versión final de lo que el país haya suscrito, para saber cabe la posibilidad de violaciones a los derechos fundamentales y si los proveedores de acceso a Internet o ISP’s tienen atribuciones con este acuerdo para vigilar a los usuarios, lo cual sería sumamente grave.
En días próximos seguiremos tratando el tema aquí.

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