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El año 2012 para el Derecho de las TICS o Cyber (Law)

Autora: Loreto Corredoira 
Termina un año marcado por reformas de calado en el ámbito de la Televisión y en el Derecho de Internet o Cyber (Law) y por eso les dejo varios enlaces a los hechos más relevantes. En la web de e-Televisión también está disponible lo que ha sido el año 2012 para el Derecho de la Televisión. 

      En junio conocimos las primeras resoluciones de la Comisión de la Sección Segunda, si bien con poca transparencia, con temor a la reacción del ciberactivismo anti Ley Sinde, que si es cierto que es agresivo y faltón, no responsable a un Estado de Derecho con una Ley de Transparencia en ciernes.
      Una de esas web www.bajui.com de hecho sigue funcionando y con muchos enlaces a sitios que ofrecen, por ejemplo el DVD de Skyfall, la última de la saga del Agente 007. He preguntado a @dbravo por cómo va el asunto, lo contaré en su momento.
        5. Julio Análisis del NO del Parlamento Europeo al ACTA que la Comisión Europea ha descartado definitivamente en este mes de diciembre.
          6. Agosto. Modificada la normativa sobre menores en televisión mediante Ley 6/2012, de 1 de agosto, de modificación de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual descartando todo tipo de canal de pago o abierto de contenido “pornográfico”.
              De momento en fase de Proyecto de Ley, que entró en las Cortes en noviembre 2012.
                8. Octubre. Tuvo lugar el Congreso nacional “Libertad, transparencia y política en internet: ejercicio, amenazas y garantías” que tuve la suerte de co-dirigir con los profesores Lorenzo Cotino y Rafael Rubio, y del que se ha aprobado ya la edición de un libro por el Centro de Estudios Políticos  y Constitucionales que co-editaré con Lorenzo Cotino en 2013.
                  9. Noviembre. Dimos noticia aquí en noviembre de la publicación del informe  El estado de la Televisión en España (libro UTECA 2012) y hay al menos 8 cambios claves en el Derecho de la Televisión durante el año, que resumimos en este post en e-Televisión.
                    10. Diciembre, concluye la cumbre de la Unión Internacional de Telecomunicaciones en Dubai, y hablé de esto en OndaCero ¿Qué le espera a Internet despues de Dubai? Entrevista a Loreto Corredoira

                    Análisis del NO del Parlamento Europeo al ACTA



                    Autora: Loreto Corredoira 
                    El pasado día 4 se votó en el Parlamento Europeo la aceptación o no del ACTA a nivel de la Unión Europea, votación que ha sido mayoritariamente contraria a su adopción.
                    Votación Parlamento Europeo

                    Este vídeo del Parlamento Europeo resume algunas de las argumentaciones en la votación -cuyo resultado fue 478 votos en contra, 39 a favor y 163 abstenciones-, y en este otro enlace un resumen de lo que supondría –con opiniones a favor y en contra- en el conjunto de las libertades en Internet.
                    El Vice-presidente Mario Sefcovic ha vuelto a insistir en que la Comisión se ha dirigido al Tribunal Europeo de la UE para que dictamine si el ACTA es o no compatible con los Tratados de la Unión Europea y con la Carta de los Derechos fundamentales. Eso permitiría –de ser positivo- a los Estados miembros, al menos de forma individual como ya han hecho, incorporarlo a sus ordenamientos internos.
                    Esta votación demuestra al menos tres cosas: una, la división de opiniones entre dos instituciones clave en la UE (el Parlamento y la Comisión), dos, la eficacia de la campaña liderada por LeQuadratureduNet.com, Access, u otras organizaciones de cyberactivistas y por tanto el crecimiento claro de la e-democracia participativa, y, junto a eso, en tercer lugar, las dudas jurídicas sobre el sistema de este acuerdo internacional y su compatibilidad con las libertades fundamentales. 
                    Que existe un problema de protección de los creadores, inventores, artistas y sus productores es claro, pero seguimos sin encontrar el remedio.

                    Con ese motivo publicamos un resumen de la conferencia que dictó Loreto Corredoira en las Jornadas Cyberlaw. Desafíos internacionalesde Santiago de Chile, el pasado 21 de junio 2012, titulada Agenda de reformas internacionales en material de control de contenidos .

                    No al ACTA y a la Ley Sinde

                    Autora: Wilma Arellano 


                    Respecto de las negociaciones en varios países sobre el ACTA (Anti-Counterfeiting  Trade Agreement o Acuerdo Comercial Anti-Falsificación), me permito explicar aquí mi postura respecto de aquellas que está llevando a cabo México.
                     Un primer tema de preocupación, antes de entrar en la discusión puramente materia del ACTA, es la relativa al desarrollo de la Sociedad de la Información mexicana. El grado de conectividad y de penetración de las tecnologías de la información y la comunicación aún es bajo y queda mucho camino por recorrer en ese sentido. Si se implementan medidas, a través de los tratados que México firme, que limiten aún más su crecimiento, tales como las que se derivan de este Acuerdo, el panorama no pinta nada bien.
                    Por otro lado, está el papel que deben jugar los ISP, ya que nuestra postura es que no deben tener ningún papel de autoridad o vigilancia de la observancia de los derechos de propiedad intelectual, como parece que ha sucedido en otros países como Francia, con la famosa ley de los tres avisos o que podría suceder en España con el proyecto de Ley Sinde. Me parece sumamente grave el hecho de que los proveedores de acceso participen en la persecución de la piratería, la falsificación o cualquier otro delito o conducta. Su papel debe limitarse a la provisión de información en el caso de que la autoridad se los solicite, lo cual no quiere decir que estemos de acuerdo en que ésta persiga a los usuarios de la manera en que parece estar planteado en el ACTA ni en la Ley de Economía Sostenible. 
                     En ambos casos, el debate surge en torno a la privacidad de los usuarios. ¿Tienen derecho a vigilarnos con el argumento de la protección a la propiedad intelectual, cuando al mismo tiempo podrían vulnerarse derechos fundamentales protegidos por la Constitución mexicana, la española o la Declaración Universal de 1948?
                    El debate actual que ha tenido lugar en España y sobre el cual ha escrito Loreto Corredoira en este mismo espacio, tiene el mismo argumento, ya que los usuarios se sienten agredidos cuando se les vigila en relación a sus actividades en Internet.  Además de los preceptos constitucionales antedichos, podría haber una contraposición a las leyes de Protección de Datos y de Derecho al honor y la intimidad.
                    En México continúan las negociaciones y sería estupendo que no se diera la pauta a legislaciones de este tipo, ya que la firma del ACTA podría, además de implicar una observacia de sus preceptos en territorio mexicano, impulsar una legislación (como una especie de trasposición a la norma interna) del mismo corte. Esperemos entonces que no, que no se llegue a esos puntos y que se negocie convenientemente ese acuerdo.
                    Y por supuesto, apoyemos que no se apruebe la Ley Sinde!

                    Articulo de Loreto Corredoira reflexiona sobre el #MeToo, Sexual Harassement, la reputación y el derecho a la imagen de las celebrities

                    The Right of One's Own Image in the Recent Cases of Sexual Harassment in Film Industry: Applying the European Theory of Concentric Circ...