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Para entender el caso Google libros

Autora: Loreto Corredoira 
Google Books, de momento, tiene que posponer el lanzamiento de su gran tienda y repositorio de libros electrónicos tras sufrir otro frenazo ayer pues el Juez Chin, de Nueva York, lo ha considerado ilegal.

Antecedentes. El largo itinerario de Google Libros

1) Cinco editoriales demandaron a Google en 2008 y, estas tras un Acuerdo prejudicial  promovido en un Tribunal de Nueva York, se  dió a conocer a autores del mundo entero la posibilidad de unirse al procedimiento y “autorizar” con eso el uso de sus libros en formato digital. De hecho, se podía leer también en español: “sus derechos podrían verse afectados por un acuerdo de demanda colectiva relacionado con la digitalización de libros y otros escritos por parte de Google”.  Se trata de un fragmento de la notificación del Tribunal de Nueva York a todos los autores tras el Acuerdo entre The Author´s Guild Inc. et Al y Google Inc. con fecha 28 de octubre de 2008[1].

2) Google replanteó de nuevo su estrategia tras acordar con varias editoriales (The McGraw-Hill Companies, Inc., Pearson Education, Inc., Penguin Group (EE.UU.) Inc., Simon & Schuster, Inc., John Wiley & Sons , Inc., la Asociación de Editores Americanos, Inc.; Harlequin Enterprises Limited; Macmillan Publishers Limited, la Universidad de Melbourne Publishing Limited, el texto Publishing Company) unas condiciones razonables para la “negociación” de contratos de masa o colectivos mediante la digitalización de hecho de bibliotecas, fondos editoriales, libros huérfanos, etc.

3) En febrero de 2010, el Departamento de Justicia del gobierno de los EEUU ha considerado dicho Acuerdo prejudicial, pese a los cambios introducidos y las condiciones ofrecidas a los autores, un pacto monopolístico inaceptable para la adquisición de los derechos de explotación de las obras digitalizadas por Google[2]. Sin duda, hay mucho de cierto, Google anuncia que los libros (que ya están de hecho digitalizados) podrán excluirse del circuito de su “librería” si el autor se opone, pero todavía no ha ofrecido un acuerdo o contrato marco.

4) De hecho en febrero de 2011 el Tribunal había extendido a todos los demás autores que pudieran tener obras incluidas el límite para solicitar el pago debido. Los autores tenían además más tiempo para pedir –si así se deseaba- que se eliminase un libro propio de la base de datos de Google. Pero dado que hay millones de obras sin catalogar bien y libros huérfanos, muchos titulares de derechos no estarían en condiciones de revocar tal copyright a Google. Además, para mayor dificultad, el servicio ni siquiera se había  lanzado aún por lo que los autores supuestamente debían averigüar y consentir por su cuenta.

Así se informaba e informa aún en la web específica[3]:

Este es el sitio web de administración de acuerdos del Acuerdo de Demanda Colectiva de Derechos de Autor de Búsquedas de Libros de Google. La finalidad de este sitio web es informarle acerca de una Propuesta de acuerdo de demanda judicial interpuesta por autores y compañías editoras en la que dichas partes denuncian que Google ha infringido sus derechos de autor y los de otros Titulares de derechos de Libros y Encartes (haga clic para ver las definiciones de estos términos) a través del escaneo de sus Libros, la creación de una base de datos electrónica y la presentación de breves pasajes sin permiso de los titulares de los derechos de autor. Google niega estas acusaciones. El proceso está registrado como The Authors Guild, Inc., et al. v. Google Inc., n.º de caso 05 CV 8136 (S.D.N.Y.). El Tribunal ha aprobado de forma preliminar el Acuerdo original en noviembre 2008. Para obtener más información, revise el Aviso Original. El 19 de noviembre de 2009, el tribunal aprobó de forma preliminar el Acuerdo de Conciliación Enmendado. Para obtener más información, revise el Aviso Complementario.



[1] Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York, véase también los documentos disponibles en http://www.googlebooksettlement.com/r/view_settlement_agreement acuerdos complementarios (link probado 6 marzo 2011).
[2] The U.S. Department of Justice (DOJ) has once again strongly intervened in opposition to what is now the amended proposed class action settlement between the Authors Guild and the Association of American Publishers, et al., and Google. By David Weir en BNET Industry.

Derechos de los autores sobre los e-Book (V): libros descatalogados.

Autora: Loreto Corredoira 

"Estamos rescatando los libros que están pudriéndose", anunciaba el CEO de Google en España, Rodríquez Zapatero.

Continuamos la serie (hasta X) de estos artículos que recogen mi ponencia de marzo en la Complutense.
Visto lo anterior, aunque sea rápidamente, se concluye que los autores podemos “renegociar” con otros editores su explotación. Aconsejo, pues, que miremos las condiciones de los contratos celebrados, su duración, la previsión sobre “reversión”, etc. Cabe que los libros no existan a la venta ordinaria, pero sí como catálogo de obras de CEDRO, que siguen su explotación en forma de licencias. Tengo un caso cercano y propio.
Google Books cuenta con esta realidad, afirmando que “dondequiera que un contrato de edición estipule la reversión de derechos al autor, esos derechos revierten al autor (o a los herederos o sucesores del autor) de acuerdo con los términos del contrato, por lo general cuando la compañía editora ya no está publicando o distribuyendo el Libro comercialmente es decir, el Libro está fuera de circulación) y el autor ha tomado las medidas necesarias según el contrato para revertir los derechos sobre el Libro después de que ha salido de circulación”.
La Presidencia española del Consejo de la UE en la Biblioteca Nacional de España organiza este seminario en Madrid, del 12 al 14 de abril por lo que habrá que estar atento a qué dice Magdalena Vinent, directora general de CEDRO, intervendrá en este acto con una ponencia, el día 13, en la mesa redonda "El modelo de las medidas voluntarias. Acuerdos institucionales" dentro de un panel sobre las obras huérfanas y descatalogadas.
En nuestra LPI son “Causas de extinción” del contrato con el editor (Art. 69).
1. Por la terminación del plazo pactado.
2. Por la venta de la totalidad de los ejemplares, si ésta hubiera sido el destino de la edición.
3. Por el transcurso de diez años desde la cesión si la remuneración se hubiera pactado exclusivamente a tanto alzado de acuerdo con lo establecido en el artículo 46, apartado 2.d, de esta Ley.
4. En todo caso, a los quince años de haber puesto el autor al editor en condiciones de realizar la reproducción de la obra.

La ponencia completa sobre los e-Books en papel, o en vídeo está aquí. 

Derechos de los autores en los e-Books (II): Ya existen grandes tiendas de libros

Autora: Loreto Corredoira 

Ya existen grandes tiendas de libros
    Un segundo hecho comprobado, ya existen tiendas on line mundiales de libros con catálogos de 300 o 500.000 títulos de diversas procedencias editoriales, idiomas, etc  (Amazon, Barnes & Noble, iTunes, etc). Les sugiero a quienes de ustedes tengan obras que busquen si están incluídas.
    El proyecto Google Libros [1]parte del supuesto de que “un libro está Comercialmente Disponible si, a la fecha en cuestión, el titular de derechos del libro, o el agente designado por el titular de derechos, está ofreciendo el libro para la venta como nuevo a través de uno o más canales para entonces acostumbrados de comercio en los Estados Unidos”. Es decir, los que están a la venta actualmente en Amazon o Barnes & Noble pueden pasar a la venta en las condiciones de Google si el autor –como ahora veremos- no se opone.
    Libros pues como los nuestros, distribuidos internacionalmente son adquiridos por esas cadenas, lo que es buena noticia, pero sin la remuneración adecuada y sin información al autor en el detalle anual de liquidación.
    Grupos editoriales como Planeta, Mondadori y Santillana están organizando su propia plataforma como “alternativas” en el mercado europeo y se anuncia para primavera en Leqtor.com


    [1] Aclara mucho el artículo de M Prieto en “Expansión” La sopa de letras de Google Books

    Derechos de los autores en los e-Books (I): Google se convierte en librería

    Autora: Loreto Corredoira 

    Voy a ir comentando aquí mi ponencia del pasado día 25 "Secretos jurídicos de los e-Books:  Derechos de los autores en las obras digitalizadas (e-libros)", cuyo texto íntegro provisional está ya publicado en e-Televisión (Presentaciones de las Jornadas Televisión por Internet).
    Lo dividiré en los ocho puntos que traté, al hilo de hechos y noticias de actualidad. Sin duda el 2010 será el Año del Libro Digital.

    Permítanme que titule de modo un poco provocativo esta sesión. Hablo de “secretos” porque hay algunas cosas que están ocurriendo en el campo del libro digital que se desarrollan sí dentro del secretismo o al menos dentro de la escasa claridad. Es mi intención “desvelar” a autores y editores, que son parte interesada (autores sobre todo), aspectos sobre los que deben tomar postura, conociendo algunos vericuetos que he ido yo recorriendo estos últimos meses. Veamos primero algo del Contexto, refiriéndome a varios hechos de la industria 


    1) Google Books se puede convertir en la gran tienda y repositorio de libros electrónicos. 

    Google comenzó en 2004 la digitalización de libros. Algunos acuerdos como el que tiene con la UCM, aunque no conocidos en todos sus extremos, han levantado resquemores entre autores, editoriales y entidades de gestión. Cinco editoriales de hecho han demandado a Google y han dado a conocer a autores del mundo entero la posibilidad de unirse al Acuerdo prejudicial que se ha promovido en un Tribunal de Nueva York también por el Author´s Guild. De hecho, se podía leer también en español:

    Se trata de un fragmento de la notificación del Tribunal de Nueva York a todos los autores tras el Acuerdo entre The Author´s Guild Inc. et Al y Google Inc. con fecha 28 de octubre de 2008. Aquí están todos los documentos de este procedimiento.
    Google intentó acordar con grandes editoriales una condiciones razonables para la “negociación” de contratos de masa o colectivos mediante la digitalización de hecho de bibliotecas, fondos editoriales, libros huérfanos, etc.
     Hace escasas semanas, en Febrero de este año 2010, el Departamento de Justicia del gobierno de los EEUU ha considerado, pese a los cambios introducidos y las condiciones ofrecidas a los autores, esta acción para la adquisición de los derechos de explotación de las obras digitalizadas por Google[1], un pacto monopolístico inaceptable. Sin duda, hay mucho de cierto, Google anuncia que los libros (que ya están de hecho digitalizados) podrán excluirse del circuito de su “librería” si el autor se opone, pero todavía no ha ofrecido un acuerdo o contrato marco.


    [1] The U.S. Department of Justice (DOJ) has once again strongly intervened in opposition to what is now the amended proposed class action settlement between the Authors Guild and the Association of American Publishers, et al., and Google. By David Weir en BNET Industry.

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