¿Por qué Internet es la salvación del cine? Varias respuestas

Autora: Loreto Corredoira 
Cine asequible por 7€ al mes
Comencé ya hace unos meses con otros colegas en Twitter una “campaña” para lograr no sólo una alternativa de calidad y legal a las descargas piratas –ya lo eran antes de la -. Anoche durante las tres horas de gala de los  volví a poner en orden las ideas, los enlaces y sugerencias que publico ahora para enriquecer el debate, pues se necesita una solución.
Todo el mundo dice –anoche lo hacía el director De la Iglesia- que Internet es el futuro en el cine en España. Pues venga, a ponerse las pilas, porque es verdad, está demostrado,  porque tanto la descarga como –sobre todo el streaming a la carta- es de hecho el presente, legal, de calidad, flexible, atractivo y compatible en países como EE.UU o Canadá.
Entre los cálculos estudiados, una oferta de 7€ al mes para cine ilimitado en domicilio terminaría con: el 80% de la piratería, la crispación social, la baja audiencia de determinadas cintas y la ruina actual de la mayor parte de nuestras distribuidoras. Pero claro, las distribuidorasque actúan en España tienen que colaborar. El foco no está en la ministra Sinde, en serio, está en las compañías y en las Entidades de Gestión. Mantengamos la #operaciongoya.
 El streaming como solución
¿Qué significa? Para quien aún no haya visto nunca la tele en directo en la web, que es el mejor modo de entenderlo para los no expertos, invito a ir a RTVE, la BBC, NBC o CNN. El significado de la palabra es corriente continua de datos, normalmente de audio –radio- o vídeo –televisión y cine-, que permite al usuario que está conectado a una web a través de cualquier dispositivo (Pc, móvil, PlayStation o nuevas tabletas tipo iPAD) acceder en el momento que quiera, a veces gratuitamente, o mediante una suscripción, sin necesidad de descargarse el archivo.
Al principio del streaming hace 15 años hacía falta “descargar” el archivo del programa o la película al disco duro, ahora no, lo que permite garantizar que no se copie y distribuya. Obviamente la industria necesitaba garantías y entonces se entendía el “miedo la red”, pues el valor de una obra no puede precipitarse al vacío sin un sistema de seguridad, pero ya no hay excusa.
Filmotech y Filmin, la escasa oferta de streaming del cine español
En España hay al menos dos sitios que ofrecen cine online a un precio razonable. Su problema es de catálogo, uno geográfico y otro de industria, y de escasa ambición.
Filmotech.com es la oferta oficial de la industria del cine español y es una web tv que técnicamente funciona bien, pero cuyo catálogo y oferta comercial no es atractivo. Los gestores son los propios productores a través de EGEDA. El coste por visionado de película es razonable, 2 ó 4 euros, dependiendo del título.
Aquí está el listado completo de películas que Filmotech.com ofrece en su web. Concluyan ustedes en el cine, cortos y largometrajes. En series de televisión –gran producto de consumo online especialmente en jóvenes-, no tienen producto. Las series son fundamentalmente infantiles y, no hay más que verlas y escuchar qué ven los niños y los adolescentes: estas están fuera de moda.
El segundo es Filmin, muy bueno en resolución pero limitado en catálogo pues se refiere al cine independiente, de culto o élite (off-hollywood). Concretamente el catálogo contiene 594 películas de cine (entre ellas una de A. de la Iglesia). ¿Es atractivo para pagar los 15€ euros mes? Pienso que no.
En oferta infantil gana la partida tanto Disney como Clan TVE a la carta que, en este último año, ha mejorado notablemente su contenido, tecnología y valor añadido.
¿Qué le pasa a EGEDA y Filmotech?
 Nunca he escuchado a los productores españoles lanzar estos productos con entusiasmo. Tampoco en ferias, y he acudido a algunas. Por ejemplo, en el inicio de este fenómeno en el American Film Market de Santa Mónica California, en 2007 se lanzó el portal Hulu.com.
Filmotech es mezcla de web de streaming a la carta, de portal de publicidad para DVDs y sitio informativo de taquilla. En el supuesto de que el catálogo siguiese siendo fundamentalmente español, o de co-producción española, al menos hay varias mejoras imprescindibles.
 -  Que se reduzca la ventana de distribución fuera de salas, pues muchos espectadores no tienen un cine a mano o no pueden acudir por razones económicas.
-    Que anuncien la fecha de la disponibilidad en el sitio que desaliente a la piratería. Por ejemplo, ya debería decir cuándo podrá verse la película ganadora de los Goya de anoche –Pa Negre- que en Madrid está en escasos cines.
-   Que aumente el catálogo. Este punto es clave, y afecta también al otro gran grupo industrial del cine, el de la distribución.
Además, desde el punto de vista del marketing, nuestras web requieren ser más atractivas, pillar las oportunidades de negocio. Es necesario dar opciones de pruebas gratuitas durante uno o dos meses que incentiven al usuario a pasarse a este sistema. Como ocurre en NetFlix (un mes) o Hulu (una semana).
Tampoco otras Entidades de Gestión han abierto la discusión. No les interesa y no se comprende por qué. El monopolio en la fijación de las tarifas, los derechos remuneratorios percibidos y la total falta de transparencia de los repertorios hace crujir el suelo.  Las tres Entidades de Gestión titulares de los derechos a los que cualquier usuario debe remitirse –a las tres, ojo, no a una sola- si quiere distribuir cine son:
 SGAE: Gestiona derechos de propiedad intelectual de autores y editores de obras literarias, musicales, teatrales y audiovisuales.
EGEDAGestiona derechos de propiedad intelectual de productores de obras y grabaciones audiovisuales (películas, documentales, series de televisión, etc.).
 AISGEGestiona derechos de propiedad intelectual de actores, dobladores,bailarines y directores de escena.
Apunto pues otra solución que la gestión de las royalties puedan unificarse: no hay modo de comprar derechos de distribución (en hospitales, hoteles, etc.), sin pagar “triplete. Y eso es otro tapón.
Ejemplos de éxito
 He tenido la oportunidad de vivir unos meses en Estados Unidos y he probado los servicios de distribución online de cine. Blockbuster busca un remedio a la quiebra de los videoclubs clásicos, y alquila y sirve por correo los DVDs o Blu-ray en casa,  también tiene oferta online, pero no llega a batir a NetFlix, la gran videoteca online.
 
Además, hay motivos para saber que los negocios son rentables. Aquí dos noticias del Wall Street Journal de comienzos del 2011 sobre los beneficios de ambas compañías.
Netflix Sees Surge in Subscribers Atención al dato. Tiene 3,1 millones de suscriptores, no sólo por negocio online, también por servicio a domicilio de vídeos de alquiler, por correo postal, sin costes, pudiendo almacenar varias películas en casa en una semana. 
Hulu, más orientada también a contenidos televisivos, ha acordado mejor distribución con la red de cable Viacom. Aquí se puede ver quiénes son sus propietarios.
 Para terminar, el tema da para mucho, también hemos justificado nuestra oposición a algunos aspectos de la #leysinde, tanto mi colega Lorenzo Cotino como en esta web de Cyberlaw Clinic. Y tampoco defendemos la descarga ilegal de obras protegidas. No toca ahora aquí ese punto, hemos de dar un salto hacia delante, no hacia atrás.
Aquí dejo la información que ofrecen las web citadas.

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Hulu y Netflix tienen geolocalización y obviamente no se ven desde IP españolas. 

El Día de Internet Seguro y la infancia





Autora: Wilma Arellano
El pasado 8 de febrero se celebró el Día de Internet Seguro en todo el mundo. En  España y otras regiones, destacan diversas actuaciones e iniciativas para la protección, sobre todo de los menores, en Internet y con especial énfasis en las redes sociales.
En este contexto, hay diversas consideraciones que deben hacerse.  Por un lado, la exposición de los menores a distintos delitos que se cometen a través de los servicios y aplicaciones que ofrece Internet, en donde destacan aquellos de tipo sexual. A la par de éstos o quizá propiciándolos está el llamado grooming o cortejo virtual y la aparición de contenidos no apropiados para los chicos. Aparte del terreno sexual, están aquellas prácticas en donde pueden utilizarse ilegalmente sus datos personales y con ello exponerlos a publicidad no deseada o, más grave aún, al robo de su identidad.
También, los datos recabados de los menores, sobre todo en las redes sociales, pueden utilizarse en un futuro de manera que lesionen sus derechos fundamentales en la vida adulta.
La respuesta que se presenta como necesaria y exigible ante este panorama es la de la vía jurídica, en donde se regule y  controle a los que proveen servicios y aplicaciones en la Red y, con ello, se proteja a los menores ante los atentados antes mencionados. Asimismo, es deseable la autorregulación empresarial en beneficio de la infancia.
La problemática que se presenta, como es común en el ámbito de la Sociedad de la Información y de Internet, es la de las jurisdicciones, ya que las regulaciones no son compatibles entre los distintos países. Además, las regulaciones suelen ser generales (inscritas en el ámbito del marco global de protección de datos o privacidad), con la excepción de países como Estados Unidos y España, por mencionar algunos, que han definido medidas específicas de protección a los menores en las redes. En el primer caso se cuenta con la Children's Online Privacy Protection Act, mientras que en el segundo, el Reglamento de la Ley de Protección de Datos (RD 1720/2007) establece una serie de medidas específicas para los menores de edad en relación al tratamiento de sus datos.
Las legislaciones de los diversos países (allí donde existen) son muy distintas entre sí y protegen a menores de diferentes edades, según se considere que tienen cierta madurez para otorgar el consentimiento o bien que son “incapaces” en el mismo sentido.
Sin embargo, lo que las cifras dicen es desalentador. En el marco de la celebración del Día de Internet Seguro, que llevó por título “Internet no es juego, es tu vida” y que contó con acciones a cargo de la sección española de Ins@feProtégeles; aparecieron algunos estudios que revelan que el acoso a menores en Internet aumenta cada año en España.
Es por todo esto que las autoridades competentes deben tomar medidas, las empresas autorregularse y los demás, cuidar a nuestros niños.

El acceso a la información de Europa: 31% atacados por virus y un 4% con ataques a la privacidad

Autora: Loreto Corredoira 
La Red Derechotics nos facilita un resumen de su nota de prensa en español, accesible en varios sitios. Algunos datos son preocupantes, vivimos en un país donde compramos antivirus, tenemos servidores de accesos supuestamente seguros, pero aún así, lean:
Un 31% de los internautas de la Unión Europea sufrieron en el último año el ataque de algún virus informático que les supuso la pérdida de datos o de tiempo, según una nota de prensa publicada por Eurostat (PDF).

La oficina de estadística comunitaria publicó estos datos con motivo del Día Internacional de la Internet segura (SID), que se celebrará el próximo día 8. Esta iniciativa tiene como objetivo promover una Internet más segura para todos los usuarios, en especial los niños y los jóvenes, y está organizada por INSAFE, una red de seguridad en Internet cofundada por la Comisión Europea.

   
Según estos datos, los países con mayor porcentaje de usuarios cuyo ordenador fue infectado por un virus o algún otro tipo de ‘malware’ fueron Bulgaria (58%), Malta (50%), Eslovaquia (47%), Hungría (46%) e Italia (45%). España, aunque lejos de estos porcentajes, se situó por encima de la media comunitaria con un 33%.

Los países donde este porcentaje fue más bajo fueron Austria (14%), Irlanda (15%, Finlandia (20%) y Alemania (22%).

Además, Eurostat también advierte de que un 4% de los usuarios sufrieron violaciones de privacidad o el abuso de la información personal. España y Bulgaria fueron los países donde más usuarios se vieron afectados por esta práctica (un 7%), seguidas de Italia y Holanda (6%).

La Agencia de Protección de Datos explicó recientemente que el año pasado recibieron 4.300 reclamaciones referentes a la protección de datos.

Un 3%, afectados por el ‘phising’
El informe publicado por Eurostat también desvela que un 3% de los internautas de la Unión Europea sufrieron pérdidas económicas debido a al ‘phising‘ u otras prácticas. El mayor porcentaje se dio en Letonia (8%), Reino Unido (7%), Malta y Austria (5%). España también superó la media europea, aunque sólo por un punto.

En cuanto a las precauciones que toman los usuarios, un 84% de los internautas utiliza algún tipo de ‘software’ o herramienta para proteger su ordenador o sus datos. Los países más precavidos son Holanda (donde un 96% de los internautas utiliza estipo de ‘software), Luxemburgo, Malta y Finlandia (91%).

Sin embargo, sólo un 14% de los usuarios que viven en una casa con niños tenía instalado algún tipo de ‘software’ de control parental o de filtrado de contenidos.

Fin de mi actividad cerebral


Autor: Lorenzo Cotino 


En 2010, en afán de cumplir con la LOPD inscribí como fichero mi actividad cerebral (por escasa o torpe que sea). No fue una labor fácil puesto que se trata de un fichero -así lo considero- que trata datos sensibles. El fichero se inscribió y así fue accesible hasta hace unos días en la misma web de la Agencia . 


Pueden verse algunos de los rasgos de aquel fichero tan sensible aquí.
Sin perjuicio de la inscripción realizada, fui luego  requerido para "confirmar" la inscripción y contesté en noviembre mediante el siguiente escrito. En el mismo, básicamente señalaba que estaba convencido de que se trataba de un fichero a inscribir, pero lo cierto es que no veía más inscritos (y no por falta de 45 millones de cerebros en el país). Temí cualquier inspección u obligaciones de consultoría y consieré que procedía no confirmar la inscripción. 


Ayer recibí la notificación de la cancelación del fichero y compruebo que ya no aparece en la web entre los ficheros inscritos. Pese a que no esté inscrito, la actividad sigue siendo la misma, escasita. 
De lo anterior, me permito señalar algunas reflexiones: 



-Sigo pensando que en razón de la LOPD, 45 millones de cerebros en España habrían de inscribirse, así como casi tantos millones ficheros con información en soporte de teléfonos móviles, portátiles, usbs, muros de Facebook, etc. Todos estamos seriamente expuestos a sanciones nada simbólicas. Estamos, pues, a merced de denuncias o actuaciones de oficio de una Administración, independiente, pero administración al fin y al cabo. 


-He comprobado que es imposible comunicar electrónicamente con la AGPD en mis alegaciones. No tienen registro y el registro común del 060 fue imposible de utilizar con la Agencia, a pesar de más de 20 minutos de llamadas con técnicos del 060.


-He comprobado que la Agencia revisa aunque sea a posteriori la naturaleza de los registros, lo cual le honra, al menos en mi caso.
Saludos cordiales.

Declaración de Internet Rights and Principles Dynamic Coalition sobre Egipto

Autora: Loreto Corredoira 
1 febrero 2011. La Coalición de la que formo parte condena radicalmente las medidas de control de acceso a Internet en Egipto. 
The Internet Rights and Principles Dynamic Coalition urges the Egyptian government to end its violation of the Egyptian people’s rights to freedom of expression and peaceful assembly by lifting restrictions on access to the Internet and other Information and Communication Technologies.
The Egyptian government has cut off all Internet access in the country.  Mobile phone networks have also been severely disrupted.  Restrictions have also been placed on Egyptian and international media, including the blocking of Al Jazeera’s broadcast signal and seizure of its equipment.
These actions are direct and serious violations of the rights of the Egyptian people to freedom of expression and assembly. The right to freedom of expression is enshrined in international law in Article 19 of the International Covenant on Civil and Political Rights (ICCPR), which Egypt has ratified.  The right includes freedom to seek, receive and impart information through any media, regardless of frontiers.   In modern society, the Internet is fundamental for the fulfilment of the right to freedom of expression.  It is also an essential tool for peaceful assembly, whether online or offline, as protected by Article 21 of the ICCPR.
These restrictions on communications access are a disproportionate and unnecessary response to legitimate political protest.  The UN Human Rights Council Resolution 12/16 states that it is never permissible for any government to restrict peaceful demonstrations and political activities, including those for democracy.  It also states that placing restrictions on access to, or use of, information and communication technologies is never permissible.  This includes access to radio, television and the Internet.
The explosion of information and communication technologies across the world has brought with it unprecedented opportunities for the fulfilment of human rights, social and economic development and democracy. These opportunities must not be lost through misguided efforts to control online communication.
The Dynamic Coalition calls on the Egyptian government to restore the right to freedom of expression and assembly in Egypt through removing all restrictions on communication.  All professional and citizen journalists in Egypt must be free to report on unfolding events through any media platform, to national and international audiences.  All people must have full access to the Internet, to mobile phones and SMS, and to national and international media.
About the Internet Rights and Principles Dynamic Coalition
The IRP DC is an international network of people who are working to uphold human rights on and through the Internet.  The coalition is currently undertaking a major project to draft a Charter of Human Rights and Principles for the Internet.  This applies international human rights standards to the Internet environment.  It outlines what human rights people have when operating online, and what elements of Internet architecture need to be protected in order to realise human rights to the fullest extent possible.

Articulo de Loreto Corredoira reflexiona sobre el #MeToo, Sexual Harassement, la reputación y el derecho a la imagen de las celebrities

The Right of One's Own Image in the Recent Cases of Sexual Harassment in Film Industry: Applying the European Theory of Concentric Circ...