La protección de datos como límite a la Transparencia en México

Autora: Wilma Arellano
Activo el debate esta mañana, en Twitter #libertadytransparencia y @redderechotics
La protección de datos personales aparece en la legislación mexicana, primeramente, como parte del régimen de excepciones de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Esto es, se manifiesta como uno de los límites del derecho de acceso de los ciudadanos a la información que poseen las entidades de la Administración. Posteriormente, el derecho fundamental a la protección de datos de carácter personal se reconoce en la Constitución mexicana y se crea la Ley que lo desarrolla, cual es la de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares. En este otro ordenamiento, la garantía de protección a la información personal resurge con otro cariz, de manera que son los entes privados los que están obligados a respetar ciertos principios en cuanto al tratamiento y sobre todo, obtener el consentimiento de los titulares para ese objetivo.
Las dos presentaciones de este derecho, ligado notablemente al de la intimidad, pero distinguible perfectamente del mismo, suponen retos y desafíos que, aunados a la evolución acelerada de las tecnologías de la información y el tránsito de este país a la denominada Sociedad de la Información y el Conocimiento, implican una problemática que adquiere un sentido más complejo, para lo cual hay distintas respuestas. Una de las que proponemos en esta comunicación es que la adopción de códigos éticos y otras medidas de autorregulación empresarial y social se generalice, formando parte de un esquema que, complementando las disposiciones del Derecho positivo, podría constituirse como heterorregulación.
Se analizará, entonces, la normativa mexicana que contienen preceptos sobre privacidad y protección de datos, haciendo algunos ejercicios de Derecho comparado con España, Europa y América Latina, así como las propuestas de autorregulación más novedosas en referencia al medio on line y en contraposición al control de la Red.

Nueva línea de investigación: Open Government y Participación

En diciembre concluye el proyecto actual en el que participan los investigadores de este Observatorio, especialmente Loreto Corredoira y Lorenzo Cotino, junto a Remedio Sánchez, Oscar Jaramillo y Wilma Arellano.

Open Government


A partir de enero trabajaremos en el nuevo Proyecto titulado REGIMEN JURIDICO CONSTITUCIONAL DEL GOBIERNO 2.0-OPEN GOVERNMENT. PARTICIPACION Y TRANSPARENCIA ELECTRONICAS Y USO DE LAS REDES SOCIALES POR LOS PODERES PUBLICOS, DER2012-37844, con el Profesor Lorenzo Cotino como investigador principal. y con el siguiente equipo nacional e internacional
LORENZO COTINO HUESO
REMEDIO SANCHEZ FERRIZ FERRIZ

LORETO CORREDOIRA ALFONSO
TOMAS VAZQUEZ LEPINETTE
GORAN ROLLNERT LIERN
ASUNCION HERNANDEZ FERNANDEZ
GUILLERMO ESCOBAR ROCA
JOSE JULIO FERNANDEZ RODRIGUEZ
MARIA JESUS GARCIA MORALES
ANA ABA CATOIRA
ANTONIO JAVIER TRUJILLO PEREZ
FRANCISCA RAMON FERNANDEZ
RAFAEL RUBIO NUÑEZ
MARTIN IBLER
JOSE MARTINEZ SORIA
JHEISON TORRES AVILA
KORINA VELAZQUEZ RIOS

Los siguientes doctores han trabajado en las líneas de investigación del Departamento y Cátedra de Derecho de la Información de la Universidad Complutense, y nos felicitamos por su incorporación.
PEDRO ANGUITA RAMIREZ RAMIREZ (Chile) 
OSCAR ARMANDO JARAMILLO CASTRO  (Chile) 
WILMA ARELLANO TOLEDO (México)

Agenda de reformas internacionales en materia de control o censura de contenidos (ACTA, UIT, ADPIC, UE)

Autora: Loreto Corredoira 
Ya está publicado el programa del Congreso de la Red DerechoTics “Libertad, transparencia y política en internet: ejercicio, amenazas y garantías”, CEPC, que se celebrará en Madrid los días 18 y 19 de octubre de 2012, en la que participo como co-directora junto a los Profesores Lorenzo Cotino (U. Valencia) y Rafa Rubio (UCM), y aquí el abstract de mi ponencia. 
De WikiLeaks a Megaupload han ocurrido muchas cosas en el “cyberlaw”, con una triple característica, que define a ambos hechos acaecidos entre 2010 y 2012: que obligan a los Estados aunque ellos no sean partícipes en las decisiones, imponiendo normas desde instancias de regulación ajenas a su mandato parlamentario; que son globales geográficamente, se aplican en todo el mundo y,  que son universales, es decir, tienen como destinatario a todas las personas.
Comparamos Megaupload y Wikileaks porque el primero es paradigma de la lucha contra la piratería de los derechos de propiedad intelectual (DPI) y, el segundo, en el campo de la seguridad y secretos oficiales frente a la libertad de expresión en la red. También porque en ambos casos la respuesta judicial ha sido por “infracción” de los derechos de publicación. Nuestra hipótesis es que los DPI están configurándose como columna vertebral del modelo jurídico y de gobierno de Internet, lo que resulta simplista.
¿Qué está en juego? Sin duda el modelo jurídico o sistema de garantías en el Derecho, pero sobre todo que asentemos correctamente las bases para que el Derecho de las TIC, Cyberlaw o el Gobierno de Internet, –según las distintas acepciones encontradas en la bibliografía-, proteja dichos intereses, legítimos sin duda, pero sin merma de los derechos de los usuarios, los derechos de los Estados y, la libertad de información en Internet.
Las respuestas están siendo diversas. Desde países que aprueban leyes específicas que garanticen la imposición de las sanciones adecuadas al incumplimiento de normas contra el copyright (Francia, Colombia, España, Brasil, EE.UU), hasta organismos internacionales que incluyen en su “agenda” política  y legislativa, una mayor atención a los derechos de editores, productores y otros titulares de derechos de propiedad intelectual. Los ADPIC de la  Organización Mundial del Comercio (OMC) han sido hasta ahora los garantes a nivel internacional, como lo fuera el Convenio de Berna en el siglo XIX.
En la ponencia analizamos estos últimos, textos que se debaten en la actualidad en organismos como la Unión Europea –propuestas de Directivas y Agenda Digital 2020-, el más que posible endurecimiento de los ADPIC, la nuevas competencias que tendrá la  Unión de Telecomunicaciones (UIT) o, los tratados multilaterales como ACTA o Canada-EU Trade Agreement (CETA).

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