Encuentro un post del diario Mercurio, donde destaca doctrina del Derecho de la Información de la escuela "desantiana". Un gusto.
Que tal amigos. Para el 21 de octubre de 2009, debe estar vigente en Ecuador la Ley de Comunicación. Así lo dispone la primera disposición transitoria de la Constitución Política que debe cumplir la Asamblea Nacional.
En Ecuador, un Estado constitucional de derechos, la comunicación es un derecho humano y universal del que gozan todas las personas nacionales o extranjeras. El derecho a la comunicación les permite buscar, recibir, intercambiar, producir y difundir información. Mas, su ejercicio profesional estará regulado por la Ley. Es lo que preocupa al periodismo ecuatoriano que ha conformado una Comisión Jurídica para discutir las propuestas a presentarse ante la Asamblea Nacional.
Derecho a la Comunicación
No hay comunicación sin información. La información se relaciona directamente con el derecho, el derecho a saber, a buscar, recibir, conocer y difundir información. Como consecuencia de la evolución de los derechos humanos, surge el Derecho a la Información que en la Constitución Ecuatoriana se conoce como Derecho a la Comunicación y que se va a configurar en la Ley de Comunicación.
Ignacio Bell Mallen y Loreto Corredoira y Alfonso, en su obra “Derecho a la Información” de la editorial Ariel Comunicación, destacan que la doctrina científica informativa ha refrendado que comunidad y comunicación son ideas que se relacionan entre sí: no hay comunicación sin comunidad, no hay comunidad sin comunicación. Desde la perspectiva de la información se colabora en la construcción de la sociedad y el Derecho vela porque esa transferencia se realice.
Ecuador prepara su Ley de Comunicación
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Loreto Corredoira,
Observatorio TICs
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