Cosas del e-mail en la empresa: primera Sentencia del Constitucional

El Tribunal Constitucional acaba de pronunciarse sobre un aspecto de uso del correo electrónico en la empresa. Se trata del derecho al uso del e-mail con fines sindicales. Un éxito para Comfia-CC.OO que ha batallado la libertad de información de los empleados.

Ciertamente entre los abusos de pérdida de tiempo y el control sobre el e-mail o el chat, hay leguas de distancia. Y ya se han dado varios casos judiciales por despidos improcedentes por uso del correo.

Como tuvimos ocasión de estudiar en Cyberlaw la privacidad y el uso por el trabajador del correo electrónico, aunque no está en el Estatuto de los trabajadores se considera incluido en los bienes de utilización propia, como el correo o la taquilla. Sólo pueden abrirse en presencia del interesado.

En la nota de prensa difundida el pasado dia 15 por el TC se establecen una serie de condiciones de uso del mail como instrumento de información sindical:

"Las condiciones o restricciones que establece el Tribunal Constitucional son las siguientes:

a) La comunicación no podrá perturbar la actividad normal de la empresa.

b) Tratándose del empleo de un medio de comunicación electrónico, creado como herramienta de producción, no podrá perjudicarse el uso específico empresarial preordenado para el mismo.

c) No teniendo fundamento el derecho de una carga empresarial expresamente prescrita en el Ordenamiento, la utilización del instrumento empresarial no podrá ocasionar gravámenes adicionales para el empleador, significativamente la asunción de mayores costes".

Además el texto íntegro de la STC puede consultarse en la web del sindicato que ha ganado el caso.

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